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ORDEN DE 18 DE FEBRERO DE 2008 DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPRESA E
INNOVACIÓN, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y LA
CONVOCATORIA PARA EL EJERCICIO 2008 DE LAS AYUDAS INTEGRADAS EN EL
PROGRAMA DE APOYO A LA INNOVACIÓN DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
2007-2013
La
Consejería de Economía, Empresa e Innovación ha publicado la Orden de 18
de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras y la
convocatoria para el ejercicio 2008 de las ayudas integradas en el
Programa de Apoyo a la Innovación de las Pequeñas y Medianas Empresas
2007-2013.
Fecha de publicación: BORM 23 de febrero de 2008.
Beneficiarios: Los establecidos en el artículo 2 del Real Decreto
1579/2006, cuya actividad, que deberá estar comprendida entre las
enumeradas en el Anexo III de la Orden, se localice en la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia. Los organismos intermedios no podrán
resultar beneficiarios de las subvenciones a los proyectos descritos en
el apartado 2.2 del Anexo I de esta Orden.
Podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones de
personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de
bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado,
aun careciendo de personalidad jurídica, siempre que se haga constar
expresamente tanto en la solicitud como en la resolución de concesión,
los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación,
así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos. En
cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de
la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que,
como beneficiario, corresponden a la agrupación, No podrá disolverse la
agrupación hasta que haya transcurrido el plazo legal de prescripción
para la exigencia de reintegro, así como para la determinación de
infracciones e imposición de sanciones.
Las
pymes beneficiarias y las participantes en proyectos presentados por
organismos intermedios o por otra pyme, en caso de proyecto de las
Líneas 3.1 y 3.2 del Anexo I, deberán tener, al menos, un empleado a
jornada completa como media anual durante el último ejercicio contable
cerrado, salvo para empresas constituidas en el ejercicio en el que se
presenta la solicitud de subvención, que se utilizarán datos basados en
estimaciones fiables realizadas durante el ejercicio financiero.
Proyectos o actuaciones subvencionables (ver Anexo I de la
convocatoria): Podrán ser objeto de subvención las actuaciones que
se engloben en las medidas del Programa InnoEmpresa que se contemplan a
continuación:
-
Innovación organizativa y gestión avanzada.
-
Apoyo a proyectos que impliquen la adopción de
nuevos modelos empresariales innovadores que incidan en la mejora de las
diferentes áreas de la empresa como: organización de la producción,
relaciones con proveedores o clientes, innovación en los modelos de
marketing y de comercialización, gestión medioambiental, innovación en
eficiencia energética, innovación en logística y distribución,
innovación en el área de recursos humanos, e integración de los sistemas
de gestión empresarial.
-
Apoyo a la realización de diagnósticos de
situación y elaboración e implantación de planes estratégicos.
-
Apoyo a la incorporación de diseño de
producto, pudiendo incluir elementos de identidad gráfica, envase y
embalaje y comunicación siempre que se encuentren asociados al nuevo
producto.
-
Innovación Tecnológica y Calidad.
-
Realización de planes de mejora tecnológica
mediante el asesoramiento a empresas a través de la utilización de
centros tecnológicos, de otros centros de investigación y de consultoras
técnicas especializadas para la implantación de soluciones especificas.
-
Realización de proyectos de desarrollo
tecnológico aplicado.
-
Apoyo a la implantación, certificación
tecnológica y certificación de acuerdo con las normas UNE 166.001,
Proyectos de I+D+i y UNE 166.002. Sistemas de Gestión de I+D+i.
-
Apoyo a la implantación y certificación de
sistemas de gestión medioambiental (Norma UNE-EN-ISO 14001), de sistemas
de gestión de calidad (Norma UNE-EN-ISO 90101) cuando acompañe a la
anterior, excelencia empresarial EFQM y Sistemas de Gestión de la
Seguridad de la información (Norma ISO27001 o eventuales desarrollos
posteriores).
-
Proyectos de innovación en colaboración.
-
Apoyo a proyectos presentados por grupos de
empresas cuya actividad forme parte de la cadena de valor de un
producto, a través de la implantación conjunta de proyectos integrados
de gestión logística, medioambiental o energética, y otros proyectos
innovadores de implantación conjunta, como ingeniería concurrente o
diseño distribuido, destinados a mejorar procesos y productos de
empresas vinculadas por la cadena de valor.
-
Identificación de necesidades tecnológicas,
desarrollados de soluciones técnicas y organizativas comunes y
utilización de servicios avanzados compartidos por grupos de pequeñas y
medianas empresas.
Lugar de presentación de solicitudes: Los interesados deberán
dirigir su solicitud al Presidente del Instituto de Fomento,
presentándola por correo o directamente en Registro General de este
Instituto, en los Registros de la respectivas delegaciones del mismo,
integrados en la RED PUNTOPYME y de las Cámaras de comercio de la
Comunidad Autónoma, o bien mediante su presentación en cualquiera de las
dependencias prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de
Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Dicha
solicitud deberá presentarse antes del inicio de la ejecución de los
proyectos, en el modelo normalizado para cada uno de los Programas, que
se facilitará en las dependencias mencionadas del Instituto de Fomento
de la Región de Murcia, y las Cámaras de Comercio de la Comunidad
Autónoma, así como a través de Internet en la dirección:
www.institutofomentomurcia.es/infodirecto/ayudas. La solicitud
deberá encontrarse firmada, en su caso, por el representante legal de la
persona jurídica interesada.
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 30 de mayo de
2008. |